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WOW-COLOMBIA v4.3.4
WOW-COLOMBIA v1.12.1
Política de sanciones

Política de sanciones

Resumen: wow-colombia mantiene un realm competitivo. Las sanciones se aplican de forma proporcional a la infracción cometida, con doble validación humana en los casos de mayor impacto y con registro público pseudonimizado para garantizar la transparencia del régimen sancionatorio.

1. Categorías de infracción

Se consideran infracciones contra el realm las siguientes conductas:

  • Cheating, entendido como el uso de software o modificaciones no autorizadas.
  • Win-trading, entendido como acuerdos entre jugadores para inflar artificialmente el rating.
  • Uso intencional de fallos o exploits.
  • Acoso y conductas inapropiadas dentro del juego.
  • Compartir cuenta en partidas con rating.
  • Violación de los términos generales del servicio.

2. Niveles de sanción

Las sanciones aplicables, en orden creciente de severidad, son:

  1. Advertencia documentada.
  2. Democión de rating, con anulación de las partidas afectadas.
  3. Suspensión temporal de la cuenta (24 horas, 7 días o 30 días).
  4. Ban permanente.
  5. Casos de fraude probado: revocación retroactiva de títulos in-game asociados al fraude, además de la sanción aplicable.

3. Doble validación de GMs

Toda sanción que cumpla alguna de las siguientes condiciones requiere la aprobación previa de dos GMs independientes:

  • Suspensión de duración superior a 24 horas.
  • Democión de rating superior a 100 puntos.
  • Ban permanente.

Cada decisión queda registrada en un libro de auditoría interno con marca de tiempo y los identificadores opacos de los GMs aprobantes. El segundo GM no puede ser el mismo que inició el caso. Las sanciones por debajo de las 24 horas, así como las advertencias, pueden ser aplicadas por un solo GM, sujetas a revisión posterior.

4. Publicación pública de sanciones

wow-colombia publica mensualmente, en este mismo sitio, un registro de las sanciones aplicadas. Cada entrada contiene:

  • Identificador opaco del jugador sancionado (hash truncado).
  • Categoría de la infracción.
  • Fecha de aplicación.
  • Sanción aplicada.
  • Identificadores opacos de los GMs aprobantes.

No se publica: el nombre real del sancionado, su correo electrónico, su dirección IP, ni el detalle probatorio. La razón es preservar la transparencia del régimen sancionatorio sin exponer al sancionado más allá de lo necesario.

Esta publicación pseudonimizada se realiza en cumplimiento de los límites establecidos por la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013 de Colombia sobre publicación de datos personales identificables.

5. Derechos del sancionado

Toda persona sancionada tiene derecho a:

  • Conocer la categoría de la infracción y la sanción aplicada.
  • Solicitar la revisión de la sanción dentro de los 30 días calendario siguientes a su aplicación.
  • Apelar ante una segunda instancia, integrada por un GM no involucrado en la decisión original y un operador de la administración.

El canal para apelaciones es [email protected] con el asunto APELACION. Los plazos aplicables son:

  • Primera respuesta: 7 días hábiles.
  • Resolución de la apelación: 30 días calendario.

6. Reincidencia

La reincidencia se trata con escalada:

  • Segunda infracción del mismo tipo: la sanción aplicada duplica en duración o severidad la anterior.
  • Tercera infracción del mismo tipo: ban permanente.

Las categorías consideradas fraude grave —win-trading sistemático y cheating organizado— se sancionan con ban permanente desde la primera ocasión, sin escalada previa.

7. Recurso externo

Si la apelación interna no resuelve el caso, el jugador puede solicitar la mediación de la administración general escribiendo a [email protected] con el asunto MEDIACION-ADMIN.

Las decisiones del realm no son recurribles ante terceros: wow-colombia es un servicio gratuito y no existe contrato comercial vinculante entre el realm y sus jugadores.

8. Versión y fecha

Versión 1.0 — vigente desde el 1 de junio de 2026.